Este primero de mayo el máximo representante del gobierno nacional dictó el aumento salarial mínimo integral indexado y anunció el incremento del Bono de Guerra Económica.
Durante la celebración del Día del Trabajador, el presidente de Venezuela, presentó una serie de programas y beneficios sociales, anunciando un aumento en el salario mínimo integral indexado, una medida que entra en vigor desde el 1 de mayo de 2024.
El último aumento salarial decretado por el Poder Ejecutivo fue en marzo de 2022. En ese entonces, el sueldo mínimo se fijó en 130 bolívares, el equivalente a unos 30 dólares mensuales a tasa oficial. Hoy, tras la abrupta devaluación del bolívar escasamente equivale a 3,60 dólares.
¿Qué es el salario mínimo integral indexado?
En Venezuela existe un índice de precios manejado por el Banco Central (BCV), ajustado a la realidad inflacionaria del país. Indexar es vincular un salario, precio o paquete, en bolívares o divisas al índice de precios señalado por el BCV.
El salario mínimo integral indexado en Venezuela incluye el salario mínimo (130 Bs), el cestaticket (40 USD) y el bono de Guerra Económica (90 USD)
Esta estrategia ajusta periódicamente el monto de los salarios basándose en la tasa de inflación para procurar mantener el poder adquisitivo de los trabajadores públicos.
¿Cómo se estableció el aumento salarial 2024?
De los 130 dólares, 90 dólares corresponden al Bono Contra la Guerra Económica y los 40 restantes al cestaticket. Por tanto, el salario mínimo (130 Bs) no se toma en cuenta en el incremento del Ingreso Mínimo Integral Indexado, sino que es anexado a este.
Cabe mencionar que el Cestaticket, un beneficio adicional para los trabajadores destinado a cubrir gastos de alimentación y servicios básicos, no ha tenido cambios y se mantendrá en el monto fijado en enero de 2024.
¿Afecta esto al cálculo de prestaciones sociales?
Hay que tomar en consideración que, el aumento del Bono de Guerra Económica, es un beneficio pagado a trabajadores públicos, jubilados y pensionados.
Indexar el salario mínimo impactaría directamente en el seguro social, en el BANAVIH, fideicomisos y el resto de prestaciones sociales. Por tanto al no sufrir un aumento del Salario Mínimo y tampoco estar indexado, no existe incidencia en el cálculo de prestaciones sociales y otros beneficios.
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